El seguro de salud para extranjeros es una opción común y excelente para los extranjeros que llegan por primera vez a España y se están instalando. Es una opción de seguro asequible con criterios de elegibilidad mínimos, lo que significa que es rápido y fácil de contratar y te proporciona un seguro de salud inicial en España.
¿Qué está cubierto?
El seguro para extranjeros te cubrirá para nuevas condiciones médicas que comiencen después de que tu cobertura de seguro se inicie (y tras el período de carencia si este te aplica). Esto incluye tanto citas ambulatorias (por ejemplo, una cita con un médico de cabecera) como tratamientos hospitalarios en régimen de hospitalización. Esta cobertura se aplica específicamente al tratamiento con un médico colegiado.
A continuación, desglosamos la cobertura en una tabla comparativa simplificada para que tengas una visión general inicial.
Cobertura (por año de seguro) | Plan para extranjeros |
Tratamientos médicos ambulatorios | 100% |
Transporte en ambulancia para tratamiento hospitalario | 100% |
Transporte en ambulancia para tratamiento ambulatorio | X |
Tratamiento dental para alivio del dolor y accidentes | €500/año |
Tratamiento dental preventivo (por ejemplo, limpiezas dentales) | X |
Medicamentos y material de cura | 100% |
Radioterapia, fototerapia y otros tratamientos físicos | 100% |
Masajes, compresas e inhalaciones | €300/año |
Ayudas terapéuticas prescritas tras un accidente | €500/año |
Ayudas médicas generales (con aprobación previa) | X |
Reparaciones de ayudas médicas existentes | X |
Ayudas visuales | X |
Intervenciones quirúrgicas | 100% |
Tratamiento médico hospitalario en régimen de seguro general (habitación compartida sin atención de médico privado) | 100% |
Revisiones de cribado para detección temprana de cánceres | X |
Revisión de cáncer de piel | X |
Revisiones dentales | X |
Tratamiento médicamente necesario durante el embarazo y tratamiento por parto prematuro | 100% |
Exámenes del embarazo por año de seguro (si el embarazo comenzó con la póliza ya activa y tras un período de carencia de 6 meses) | €250/año |
Parto (si el embarazo comenzó con la póliza ya activa y tras un período de carencia de 6 meses) | 100% |
Transporte en ambulancia para tratamiento hospitalario | 100% |
Transporte en ambulancia para tratamiento ambulatorio | X |
Repatriación, si es médicamente necesaria | 100% |
Repatriación de restos mortales al país de origen o funeral en España | €10,000 |
Consulta telemédica | 1 consulta gratuita |
Vacunas de viaje | X |
Vacunas contra el Covid | X |
Tests rápidos de Covid | 3 (hasta 15 euros) |
Aplicaciones de fitness | X |
Condiciones preexistentes | X |
Atención ginecológica preventiva | X |
Vacunas regulares | X |
Psicoterapia | X |
Información adicional sobre la cobertura del plan para extranjeros
Tratamiento dental:
500 € al año para odontología restauradora para alivio del dolor, incluyendo empastes simples y reparaciones de prótesis dentales existentes, siempre que el tratamiento sea realizado o prescrito por un dentista. Ten en cuenta que esto se aplica a nuevos problemas dentales que surjan después de que comience tu seguro, y no a problemas preexistentes o revisiones rutinarias.
Fisioterapia:
Se cubren 300 € al año para fisioterapia, siempre que esté relacionada con un nuevo problema médico y exista una derivación médica para dicho tratamiento (que deberá incluirse al presentar la reclamación).
Cobertura sanitaria de viaje:
En cualquier lugar de la UE y el espacio Schengen, así como en Andorra, Mónaco, San Marino y el Vaticano (hasta 42 días por viaje, sin límite en el número de viajes).
Además, tras 1 año en el plan para extranjeros, recibirás cobertura para hasta 6 semanas de viaje a tu país de origen al año. :
Transporte en ambulancia que conlleve ingreso y tratamiento hospitalario.
Cobertura de embarazo:
Está cubierto el tratamiento médicamente necesario durante el embarazo y el tratamiento por parto prematuro.
Las revisiones del embarazo están cubiertas con un límite de 250 €/año, siempre que el embarazo haya comenzado con la póliza ya activa y tras un período de carencia de 6 meses.
El parto está completamente cubierto, siempre que el embarazo haya comenzado con la póliza ya activa y tras un período de carencia de 6 meses.
Radioterapia y fototerapia
Repatriación si es médicamente necesaria
Pruebas de coronavirus y PCR: las pruebas PCR están cubiertas si fueron solicitadas por un médico (médico de cabecera)
¿Qué no está cubierto?
Condiciones preexistentes: cualquier condición conocida antes de que comience la cobertura para extranjeros se considera una condición preexistente.
Revisiones rutinarias: todas las demás revisiones rutinarias, y cualquier condición que pueda descubrirse como resultado de una revisión rutinaria, no están cubiertas.
Tratamientos preventivos y profilácticos.
Tratamiento psicoanalítico y psicoterapéutico.
Tratamiento relacionado con trastornos adictivos.
Transporte en ambulancia que no resulte en ingreso/estancia hospitalaria.
Salud complementaria (excepto fisioterapia): por ejemplo, terapia ocupacional, podología, trabajo social, dietética.
Lesiones autoinfligidas.
Cribados ginecológicos.
Tratamientos de fertilidad o esterilidad.
Terapias holísticas/alternativas.
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